Experiencia
Confianza
Profesionalismo
La defensa en causas penales de extrema dificultad exigen una larga experiencia y una sólida formación
Desde hace mucho tiempo, el Perú vive una crisis de valores, al igual que otros países, por problemas de institucionalidad. Ésta no existe, es deficiente o no funciona. La abogacía no escapa a esa grave situación; al punto que tristemente un gran grupo de abogados, dramáticamente también estudiantes de derecho, consideran que la ética es una “opción” o un “ideal” en el ejercicio de la abogacía, pero no parte de ella. Es decir, se incurre en el grave error de concebir una abogacía al margen de la deontología forense.
El Estudio de abogados Sousa & Nakazaki, durante casi 20 años de existencia, viene luchando contra esta práctica equivocada, ¡Ejerciendo la abogacía como es!; una profesión practicada por personas honestas que previenen y solucionan dramas humanos, utilizado exclusivamente el derecho.
Largest Law Firm
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Contamos con especialistas en diferentes especialidades
Derecho Penal
Durante las últimas dos décadas, hemos mantenido un compromiso inquebrantable con la prestación…
Derecho Civil
Además de nuestro compromiso en procesos judiciales, extendemos nuestros servicios a la esfera de procesos civiles…
Derecho Constitucional
Nuestro compromiso con la representación legal integral se extiende a la defensa…
Hemos tenido y tenemos a cargo los casos más complejos de la justicia penal peruana
Alberto Kenya Fujimori Fujimori
Ex presidente del Perú (28 de julio de 1990 hasta el 21 de noviembre de 2000)
Pedro Pablo Kuczynski Godard
Ex presidente del Perú (28 de julio de 2016 hasta su renuncia el 23 de marzo de 2018)
Ollanta Moisés Humala Tasso
Ex presidente del Perú (28 de julio de 2011 hasta el 28 de julio de 2016)
Carlos Alberto Boloña Behr
Ex ministro de Economía y Finanzas del Perú (febrero de 1991 a enero de 1993 / 28 de julio de 2000-24 de noviembre de 2000)
Luis Miguel Castilla Rubio
Ex ministro de Economía y Finanzas del Perú (28 de julio de 2011 hasta el 28 de julio de 2016)
Aurelio Pastor Valdivieso
Ex Ministro de Justicia y Derechos Humanos del Perú (11 de julio de 2009 hasta el 16 de marzo de 2010)
Julio Rolando Salazar Monroe
Ex General de División del Ejército del Perú; Ex ministro de Defensa de Perú (22 de agosto de 1998 hasta el 16 de abril de 1999); Ex Jefe del Servicio de Inteligencia Nacional del Perú (Enero de 1991 hasta Agosto de 1998)
María Elizabeth Jacqueline Hinostroza Pereyra
Ex Ministro de Salud del Perú (18 de noviembre de 2019 al 20 de marzo de 2020); General Médico de la PNP
General de Policía Juan Fernando Dianderas Ottone
Ex director de la Policía Nacional (Desde 1997 hasta el 2000)
Adolfo Cuba y Escobedo
Ex Director General de Policía (Desde 1990 hasta el 2000)
Defensa de la familia Sánchez Paredes
Familia Sánchez Paredes
Defensa del ex alcalde de Coronel Portillo Luis Valdez Villacorta
LUIS VALDEZ VILLACORTA
Conoce más de todos los casos que el estudio de abogados Sousa & Nakazaki tenido a cargo
Buen día Sonia, es correcto lo que señalas. Razón por la cual la Inspectoría de la PNP debe cumplir la Constitución, respetando los ámbitos funcionales del PJ y MP.
Locuaz amigo. El cumplimiento de los presupuestos de las medidas cautelares en implementación y ejecución los establece el fiscal que dirige la diligencia, el juez que controla, el defensor que participa y la Sala de Apelaciones, no tu en un post.
Mauricio si pregonas la verdad, sal del ámbito de la ofensa gratuita y aterriza en un acto de defensa concreto, de miles realizados, que haya sido objeto de sanción ética? No confundas problemas ideológicos con el legítimo ejercicio de la abogacía.
Víctor debes esforzarte al expresarte en X. Qué aspecto de la opinión es anti ético o ilegal? Por qué hechos puedes descalificar más de 30 años de carrera profesional? Por qué no informas a que te dedicas y sometes a la opinión pública tu trabajo? Mejor me voy a dictar clases.
Si hubo o no irregularidades en la ejecución de medidas cautelares de allanamiento con descerraje e incautación, es una competencia exclusiva y excluyente del Poder Judicial a través del recurso de apelación. No es competencia de la PNP.
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